Antes de comprar cualquier vehículo, es muy importante solicitar el informe registral del vehículo en la Jefatura Provincial de Tráfico (8,30€) para asegurarse de que no hay ningún problema, para cambiar la titularidad del coche. Es en la DGT de la provincia del comprador, del vendedor o en la que esté matriculado el vehículo quien debe expedirlo. . También se puede obtener on-line en la sede electrónica de la DGT, si se tiene un certificado digital ( aunque a una gran mayoría de usuarios no les funciona, debido a que la aplicación de la DGT está desactualizada y da muchos problemas).
DOCUMENTACION NECESARIA
1- Permiso de Circulación del vehículo, (original y fotocopia).
2- Ficha Técnica de la ITV,( original y fotocopia).
3- Justificante de pago del Impuesto municipal de circulación de vehículos a motor, (original y copia), actualmente no hace falta.
4- Si son personas físicas DNI del vendedor y comprador o fotocopia en caso de que alguna de las partes no asista al cambio de titularidad (por lo general son el comprador o empresa de compra-venta los encargados de realizar el trámite). Si son Personas Jurídicas: CIF, DNI del Administrador o Representante y escrito de acreditación de la representación.
5- Contrato original de compraventa (si es entre particulares) o factura (si lo entregas a un compraventa). En dicho contrato debe figurar el nombre y DNI/CIF del comprador y del vendedor, así como los datos del vehículo (marca, modelo, matrícula y nº de bastidor) y el precio del vehículo que será el que contengan unas tablas de valoración de vehículos usados, (BOE- Tablas de valoración) y se cobra una parte proporcional al precio (explicado en el siguiente punto). Es recomendable firmarlo por triplicado.
A tener en cuenta: Es importante indicar en el contrato la hora y minutos en que entregas el vehículo: recuerda que las multas de los radares fijos y por no haber pasado la ITV te seguirán llegando en tanto no se produzca en el Registro de Vehículos el cambio de titularidad.
6- Con el contrato ya firmado hay que ir a la oficina de Hacienda correspondiente a liquidar el IMPUESTO DE TRANSMISIONES PATRIMONIALES (IPT) Modelo 620 (en Asturias se puede pagar online y también en bancos concertados) Este importe se calcula a través de la Tablas de Precios Medios de Vehículos, publicado en el BOE, donde vendrá reflejado el valor del vehículo y representará un 4% del valor. Este impuesto será siempre obligatorio en caso de compraventa entre particulares, pero si la venta la realiza un empresario en el ejercicio de su actividad, en cuyo caso aportará factura.
7- A continuación nos desplazaremos hasta una Jefatura de Tráfico, siempre tendrá que ser la Jefatura del domicilio del vendedor, la Jefatura del domicilio del comprador o la de la provincia de matriculación del vehículo. Previamente deberemos haber solicitado una cita previa para poder realizar las gestiones. CITA PREVIA => http://www.dgt.es/es/.
8- Aquí tramitamos la Solicitud de Transferencia (Impreso oficial) y pagamos 53,40 € (26,70 € para ciclomotores), que será mediante tarjeta o transferencia.. Debe estar firmada por ambas partes, en caso de que el vendedor no pueda acudir en persona se necesita una fotocopia compulsada de su DNI y un permiso para que se haga el trámite en su nombre.
9- Se deberá aportar allí mismo toda la documentación para el cambio definitivo de nombre de la vehículo.
EJEMPLO PRÁCTICO , VENTA DE UNA MOTO.
EJEMPLO PRACTICO, TRANSMISIÓN DE UN COCHE