Principales cambios de la nueva Ley de Autónomos.

La pasada semana el Senado aprobó por unanimidad y de manera definitiva, con los votos favorables de los 239 senadores presentes, la proposición de ley de reformas urgentes del trabajo autónomo. De esta manera, al no incorporar ninguna de las 70 enmiendas presentadas en la Cámara Alta, se aprueba de manera definitiva la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo conforme al texto que salió del Congreso de los Diputados, el cual se publicará directamente en el Boletín Oficial del Estado (BOE), y con ella una serie de novedades donde el Ejecutivo pretende favorecer la generación de actividad de pequeños empresarios y trabajadores. Pero lo cierto es que esta reforma, que de urgente no tiene nada, no contenta a todos y para ATA (Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos) aún queda mucho por hacer, ya que no se dan soluciones a cuestiones primordiales y deja en el tintero muchas demandas que garanticen unos derechos equiparables al RGSS.

Autónomos

La batería de medidas aprobadas, que vienen de la mano de la Nueva Ley de Autónomos, entrará  en vigor a partir de Enero de 2018.
Según ATA, las principales novedades de esta nueva ley son:
1º      Medidas para Emprendedores.
  • Ampliación Tarifa plana para nuevos autónomos. Esta ampliación de 50,0€ euros mensuales pasaría de 6 meses a un año. Pero sólo beneficiaría a los nuevos autónomos o a aquellos que reanudan la actividad tras tres años de inactividad y vuelven a reemprender, nunca a aquellos autónomos que a pesar de llevar varios años de alta en el RETA, se enfrentan a situaciones complicadas.
  • Ampliación de la subvención. Si la actividad continúa, el Gobierno subvencionará el 50% durante los siguientes 6 meses y el 30% durante los últimos 6 meses, por lo tanto, la bonificación pasa de los actuales 18 meses a 24 meses.
  • El emprendedor podrá contratar a trabajadores manteniendo la ayuda en las cotizaciones y la tarifa plana
 
2º      Medidas Fiscales.
  • Se reducen los recargos en pagos a la Seguridad Social: Pasan del 20% al 10% de la deuda en el primer mes y del 20% cuando las cuotas se abonen dos meses después de vencido el plazo de ingreso.
  • Deducción para autónomos que trabajen en su casa: Podrán deducirse el 30% de los gastos de suministros, como agua, luz o telefonía en el Impuesto Sobre la Renta, siempre que acrediten que su domicilio es la sede efectiva de su empresa. Habrá que tener en cuenta que estas deducciones sólo se aplicarán sobre los suministros que afectan al área de trabajo, es decir, a los metros cuadrados del domicilio que estén afectos a la actividad que deberán ser declarados por el autónomo.
  • Deducciones de las comidas de trabajo.
        .- Si el trabajo se desarrolla en España, los autónomos podrán deducir 26,67€ en el Impuesto de la Renta en comidas de trabajo.
       .- Si el trabajo se desarrolla en el extranjero, tendrán una reducción en el IRPF de 48,00€/diarios.
           .- Si pernocta fuera de casa, estas cantidades se duplicarán.
         .- En todo caso, estos gastos deben de ir acompañados de la factura correspondiente y tendrá que abonarse por medios electrónicos.
3º      Medidas sobre las cotizaciones  y bonificaciones a la Seguridad Social.
  • Alta/Baja cotización Seguridad Social. Los autónomos pueden darse de alta y baja en el RETA hasta tres veces en el mismo año.
  • La cuota se pagará desde el día efectivo en el que se cause alta o baja en el RETA, hasta el momento, se pagaba mes completo.
  • Bases de Cotización. Los autónomos podrán cambiar hasta cuatro veces su base de cotización en un año.
  • Devolución exceso de cotización. Se devolverá el exceso de cotización de los trabajadores con pluriactividad, sin necesidad que lo soliciten.
  • Compatibilidad con la pensión: Los autónomos podrán cobrar el 100% de la pensión de jubilación y seguir trabajando si tienen al menos un empleado a cargo.
  • Cuota de Autónomos Societarios. Su subida dependerá de lo que se determine en los Presupuestos Generales del Estado, tras negociarlo con las asociaciones de autónomos más importantes.
  • Tarifa plana de 50 Euros para las mujeres que se reincorporen antes de dos años desde que ceso su negocio por maternidad, adopción, acogimiento, etc
  • Exención del 100% cuotas de autónomos durante 12 meses por cuidado de menores o dependientes, que se amplia de 7 años hasta 12 años.
  • Apoyo a la maternidad. Los autónomos que sean madres/padres estarán exentos de pagar cuota durante el periodo de baja por maternidad/paternidad, adopción, etc.
Discapacidad.
  • Habrá mejoras para los emprendedores discapacitados.
  • Se facilita la contratación de hijos discapacitados de los autónomos.
Medidas sobre la Contratación.
  • Bonificación para la contratación de familiares. Aquellos trabajadores por cuenta propia que contraten de manera indefinida a su cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad hasta el segundo grado inclusive podrán bonificarse al 100% durante un periodo de 12 meses, siempre y cuando el contrato dure, al menos, 6 meses y el autónomo no haya despedido a ningún trabajador.
Medidas en Prevención y Riesgos laborales.
  • Se reconoce el accidente “in itínere”. Tanto la ida como la vuelta al trabajo, pero siempre que no coincida el centro de trabajo con su domicilio.
  • Prevén medidas de mejora en la formación de Prevención y riesgos laborales en autónomos, pudiendo acceder a una formación adaptada a sus necesidades y actividades.
¿QUÉ QUEDA FUERA O PENDIENTE DEL ESTA NUEVA LEY Y QUÉ EXIGEN LOS  AUTÓNOMOS?.
Entre otras muchas medidas a las que no se ha dado respuesta y que exigen los autónomos, están lograr que las pensiones de los trabajadores autónomos se equiparen a la de los asalariados. La cotización al RETA por tramos sea sobre los ingresos netos del autónomo.
  1. Que exista un mínimo exento de cuota durante un máximo de 24 meses para aquellos autónomos que tengan ingresos por debajo del SMI
  2. Rebajar el límite de los años cotizados del 35 a 25 años para hacer efectiva esa compatibilización al 100%
  3. Revisar el actual sistema de aplazamiento del IVA.
  4. No se ha dado solución para los autónomos a tiempo parcial que siguen sin existir después de esta ley.
Fuentes:
– Desarrollo propio por Gesing Consultores.

Una respuesta a “Principales cambios de la nueva Ley de Autónomos.

  1. Acabo de empezar en el mundo del autónomo y aún estoy poniéndome al día sobre todo el papeleo y gestiones que hay que hacer, así que esta información me viene que ni pintada. ¡Gracias por explicarlo de forma tan secilla!

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